De conformidad a los estatutos vigentes de la Sociedad Chilena de Medicina Intensiva, para ser admitido como socio (a) el interesado (a) deberá:
- Adjuntar currículum
- Ser Profesionales Titulados con Títulos reconocidos por la autoridad competente (Medicina. Enfermería, Kinesiología, Química y Farmacia, profesiones afines).
- Haber dedicado en forma continua, al menos dos años de sus actividades a la Medicina Intensiva en Unidades del Sistema Nacional de Servicio de Salud, Universitarias, de la Defensa Nacional o de entidades privadas, reconocidas como tales.
- Los profesionales que se encuentren en programas de especialización en Medicina Intensiva pasarán a ser Socios Junior y estarán eximidos del pago de cuotas mientras durante su programa de formación.
- Elevar una solicitud dirigida al Directorio de la Sociedad, a través de su Presidente, incluidos quienes postulen a Socios Junior, adjuntando sus antecedentes personales y la recomendación de dos socios (Artículo Décimo).
- El Directorio aprobará o rechazará la postulación por la mayoría de sus miembros.
Obligaciones de los socios (ARTICULO DECIMO PRIMERO)
- Aceptar íntegramente los estatutos que rigen la Sociedad y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en ellos.
- Cooperar activamente con las actividades de la Sociedad, y propender y promover su perfeccionamiento y crecimiento.
- Respetar y cumplir los acuerdos que emanen del Directorio Ampliado.
- Asistir a las Asambleas y reuniones que el Directorio convoque.
- Cumplir con el pago de las cuotas fijadas por el Directorio.