De conformidad a los estatutos vigentes de la Sociedad Chilena de Medicina Intensiva, para ser admitido como socio (a) el interesado (a) deberá:

  • Adjuntar currículum

  • Ser Profesionales Titulados con Títulos reconocidos por la autoridad competente (Medicina. Enfermería, Kinesiología, Química y Farmacia, profesiones afines).

  • Haber dedicado en forma continua, al menos dos años de sus actividades a la Medicina Intensiva en Unidades del Sistema Nacional de Servicio de Salud, Universitarias, de la Defensa Nacional o de entidades privadas, reconocidas como tales.

  • Los profesionales que se encuentren en programas de especialización en Medicina Intensiva pasarán a ser Socios Junior y estarán eximidos del pago de cuotas mientras durante su programa de formación.

  • Elevar una solicitud dirigida al Directorio de la Sociedad, a través de su Presidente, incluidos quienes postulen a Socios Junior, adjuntando sus antecedentes personales y la recomendación de dos socios (Artículo Décimo).

  • El Directorio aprobará o rechazará la postulación por la mayoría de sus miembros.

 

Obligaciones de los socios (ARTICULO DECIMO PRIMERO)

  1. Aceptar íntegramente los estatutos que rigen la Sociedad y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en ellos.
  2. Cooperar activamente con las actividades de la Sociedad, y propender y promover su perfeccionamiento y crecimiento.
  3. Respetar y cumplir los acuerdos que emanen del Directorio Ampliado.
  4. Asistir a las Asambleas y reuniones que el Directorio convoque.
  5. Cumplir con el pago de las cuotas fijadas por el Directorio.